La justicia federal amparó los derechos constitucionales de 48 homosexuales, hombres y mujeres, para contraer matrimonio en el estado de Nuevo León.
De acuerdo a los argumentos de la justicia federal, la exclusión de los homosexuales al matrimonio o concubinato, “conlleva un reconocimiento de una especie de ciudadanía disminuida, y por tanto inconstitucional”.
Bajo estos preceptos jurídicos constitucionales, el fallo se consiguió gracias a la intervención de las organización Género Ética y Salud Sexual, a través de su proyecto Litiga y Matrimonio Igualitario México que coordina el abogado Alex Alí Méndez.
De esta manera, la protección de la justicia federal por el momento sólo protege a las 48 personas que lo solicitaron mediante el arbitraje de la Ong´s.
Ya en sí el amparo solicitó la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 147 y 219 del Código Civil del Estado, que establece que tanto el matrimonio como el concubinato son la unión específica de un solo hombre y una mujer.
La evidente discriminación del mandato exceptúa a las parejas del mismo sexo para unirse en matrimonio o concubinato.
De acuerdo a los informes proporcionados, será hasta que se dé a conocer el fallo completo se tendrán en cuenta las implicaciones generales del mismo.
Según lo expuesto, Género, Ética y Salud Sexual consiguió sentencias históricas en la materia a nivel nacional, y logró amparos colectivos en los estados de Oaxaca y Tamaulipas.
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