Denuncia empresario al Consejo de Administración de la Central Camionera de Monterrey

Abogado

Por David Casas
Un pequeño empresario denunció violaciones a sus derechos humanos y confabulación de jueces para favorecer al Consejo de Administración de la central camionera regiomontana, para que le derribaran un negocio sin importar la existencia de un contrato de cien años de por medio.
Con el pretexto de la remodelación de la central de autobuses, todos los locatarios de negocios fueron echados o indemnizados con cantidades irrisorias, sin embargo, Tomás de la Peña Salazar, se ha enfrentado desde hace año y medio a los empresarios transportistas quienes, denunció su abogado Hugo Martínez, han acudido a su poder y cercanía con la autoridad que por encima de un amparo, se le derribo el comercio y se decomisó mercancía con valor superior al millón de pesos.
De la Peña, con más de 44 años con su negocio de mercancía diversa en la central camionera, obtuvo una suspensión definitiva para detener la demolición y que se respetaran sus derechos como locatario, ya que su contrato es por 100 años.
Por tal motivo, se dio la notificación a la Central de Autobuses y a las autoridades de Monterrey
para mantener las cosas en el estado que guardaban y no se demoliera el local ubicado en el interior.
Pese a ello, el 15 de septiembre, la vieja central fue demolida junto al local de De la Peña.
Pese a ello se echó abajo el negocio y el afectado promovió ante el Juzgado Segundo de Distrito del Poder Judicial de la Federación un incidente por violación a un amparo de la autoridad federal.
El pasado 7 de julio se determinó que los administradores de la Central “incumplieron con la suspensión definitiva decretada el 4 de septiembre de 2013, ya que en esa fecha se encontraba debidamente notificada la misma”.
El afectado ha denunciado ahora tráfico de influencias y demanda que se restituya su negocios o en su defecto se llegue al arreglo definitorio pues aún le faltan 55 años de contrato, por lo que rechaza las presiones a las que ha sido sujeto por parte de los transportistas para que desista de la demanda de sus derechos.
En el juicio 1352/2013 el juez segundo de distrito, David Pérez Chávez, resolvió que los administradores son presuntos responsables de violar un amparo o auto de suspensión debidamente notificado, por lo que ordenó al Agente del Ministerio Público federal iniciar acciones correspondientes.
La fracción tercera del artículo 262 de la Ley de Amparo señala que “se impondrá pena de tres a nueve años de prisión y multa de 50 a 500 días de salarios mínimo” a quien “no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado”.

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