Fuente: El Economista
La resolución establecen los términos y condiciones a los que deberán sujetarse las ventas de primera mano, así como la prestación de diversos servicios se sujetarán a las modalidades de contratación de Pemex.
Las metodologías de precios de venta de primera mano, así como las contraprestaciones, precios y tarifas por los servicios de transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos se determinarán conforme a las metodologías aprobadas a Petróleos Mexicanos (Pemex) por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En el Diario Oficial de la Federación, la Comisión Reguladora de Energía detalló en la resolución por la que se establecen los términos y condiciones a los que deberán sujetarse las ventas de primera mano de dichos energéticos, así como la prestación de diversos servicios se sujetarán a las modalidades de contratación de Pemex.
Esta resolución, explicó, mientras que el Ejecutivo expide el reglamento de la Ley de Hidrocarburos (LH), publicada el 11 de agosto de 2014.
La CRE detalló que se establecen los términos y condiciones a los que deberán sujetarse las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, de manera transitoria.
Además, precisó que contempla las metodologías para la determinación de precios de dichos energéticos, así como los términos y condiciones a los que se debe sujetar la prestación de servicios de transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de los mismos.
Agregó que las metodologías de precios de venta de primera mano, así como las contraprestaciones, precios y tarifas aprobados transitoriamente se sujetarán al principio de precios máximos y a diversos criterios de ajuste.