El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) aprobó el formato electrónico para obtener firmas de apoyo de la ciudadanía, con motivo del aviso de intención de consulta popular estatal en la modalidad de referéndum, que presentó Juan Carlos Leal Segovia, el 23 de diciembre de 2024.
Durante la sesión extraordinaria de este 13 de enero, el Consejo General del órgano electoral informó que Leal Segovia plantea consultar la siguiente pregunta: ¿Estás de acuerdo en que se adicione al artículo 39 de la Constitución del Estado de Nuevo León el texto: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”?
Al aprobar el formato electrónico por medio de la aplicación móvil del Instituto Nacional Electoral (INE), el organismo determinó que el ciudadano podrá utilizarlo para conseguir las firmas de apoyo requeridas y posteriormente presentar la petición de consulta popular, a partir de la fecha que le informe la Unidad de Participación Ciudadana del IEEPCNL, y hasta el 31 de julio de 2025, fecha límite para la presentación de consultas populares.
En ese sentido, Leal Segovia deberá reunir apoyos de al menos el 2 por ciento de las personas inscritas en la Lista Nominal de Nuevo León, con corte al mes de junio de 2025.
La Lista Nominal en el estado es de 4 millones 501 mil 672 personas, conforme a los últimos datos de diciembre de 2024, por lo que el ciudadano necesita reunir al menos 90 mil 034 firmas de apoyo.
Asimismo, el Instituto estableció que, en caso de que el ciudadano reúna el número de firmas de apoyo necesarias y el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León reconozca la legalidad y trascendencia de la consulta, ésta se realizaría el primer domingo de agosto de 2026.
Por su parte, la Consejera Presidenta del IEEPCNL, Beatriz Adriana Camacho Carrasco, aclaró el estatus del cuestionamiento sugerido por Leal Segovia.
“La aprobación de este proyecto de acuerdo, no implica el reconocimiento por parte de este Instituto de la legalidad y trascendencia de la pregunta planteada por el ciudadano en cuestión, ya que de acuerdo con lo establecido en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Nuevo León, el órgano facultado para dar este reconocimiento es el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, quien tendrá conocimiento de esta consulta, en caso de que la ciudadanía junte las firmas necesarias y reúna el resto de los requisitos establecidos por la Ley”, expresó.
Informan estado de disolución de Organizaciones Ciudadanas
En la misma sesión, el Consejo General dio por concluido ante el Instituto, el proceso de disolución y liquidación de las Organizaciones Ciudadanas que pretendieron constituirse como partido político estatal durante el periodo 2022-2023: Sociedad Activa Nuevo León, A.C.; Vida Democrática Activa en Nuevo León, A.C.; Creemos Nuevo León, A.C.; Familia en Marcha NL, A.C.; Flores Seremos, A.C.; Esperanza Regia, A.C.; Juventud Justialista, A.C.; Organización Liberal de Nuevo León, A.C.; y Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario Nuevo León, A.C.
Además, ordenó a las Organizaciones, Familia en Marcha NL, A.C.; Organización Liberal de Nuevo León, A.C.; Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario Nuevo León, A.C., Creemos Nuevo León, A.C.; Flores Seremos, A.C.; Esperanza Regia, A.C.; Juventud Justialista, A.C.; continuar con el proceso de su disolución y liquidación, determinado respectivamente, hasta su conclusión.