El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) informó a Juan Carlos Pérez Góngora, que no es procedente extender dos meses el plazo establecido para obtener firmas de apoyo de la ciudadanía para realizar la consulta popular que solicitó sobre la Ley Ambiental, en el municipio de San Pedro; así como tampoco es posible acumular estas firmas con las de la consulta que promovió Vivianne Clariond Domene, que consideró abordan la misma problemática.
El Instituto añadió que, de acuerdo con la normativa electoral relativa a los mecanismos de participación ciudadana, el pasado 7 de febrero se aprobó el formato electrónico para que recabara las firmas ciudadanas necesarias para presentar la petición de la consulta popular mencionada, especificando que debía reunirlas del 13 de agosto al 31 de octubre de 2024.
En su escrito, el ciudadano refirió la dificultad para recabar firmas debido a condiciones climáticas adversas, problemas técnicos con la aplicación móvil para recabar firmas, mencionó el Instituto en sesión extraordinaria de este 30 de octubre.
Respecto a acumular las firmas de la consulta promovida por Clariond Domene, por abordar la misma problemática, el organismo estimó que no procede, debido a que los formatos y las preguntas de cada consulta son distintas, lo cual es contrario a lo que establece la Ley de Participación Ciudadana.
Además, indicó que la finalidad de ambas consultas también es distinta, ya que Pérez Góngora promueve un referéndum al pretender reformar una ley, mientras que la consulta que propone Clariond Domene se trata de un plebiscito que pretende someter a consideración de la ciudadanía la aprobación de un hecho trascendente para la vida pública del Estado.
Aunado a esto y de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), las personas promoventes y sus auxiliares, serán responsables del tratamiento de los datos personales que se registren mediante la App Apoyo Ciudadano-INE, y es esta autoridad la responsable del tratamiento de los datos personales, por lo que el IEEPCNL está impedido para solicitar la transferencia de los formatos de apoyo de la ciudadanía de una consulta popular en la que no se es parte.
Cabe mencionar que, de cumplir con todos los requisitos, la consulta planteada por el ciudadano se realizaría en el 2025.