Verifica IEEPCNL que candidaturas no tengan suspensión de derechos

Luego de verificar que las candidaturas registradas en el proceso electoral actual no tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; la libertad y seguridad sexual; el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar; violencia política en razón de género; violación a la intimidad; o por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa, el IEEPCNL indicó que no hay información suficiente para determinar quiénes han incumplido con lo que establecen las sentencias firmes por estos delitos.

 

En ese sentido, el Instituto informó que realizó requerimientos a los órganos jurisdiccionales de las 32 entidades federativas, y al Consejo de la Judicatura Federal, para constatar si las personas registradas por las entidades políticas para alguno de los cargos de elección popular han sido condenadas por alguno de los supuestos establecidos en el artículo 38, de la Constitución Federal; y no ha recibido la totalidad de las contestaciones por parte de dichos órganos.

 

En consecuencia, ordenó a la Secretaría Ejecutiva, a las Direcciones Jurídica y de Organización y Estadística Electoral, y a la Coordinación de Género, Derechos Humanos e Inclusión, todas del Instituto y encargadas de comunicar sobre esta verificación, para que una vez que se reciba la información faltante procedan a su análisis, en sesión extraordinaria de este 17 de mayo.

 

Es importante mencionar que en febrero pasado el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León, aprobó un procedimiento para constatar que las personas candidatas no hayan incurrido en alguno de los supuestos que señala el artículo 38, de la Constitución Federal, en específico, por tener sentencia firme por la comisión intencional de las infracciones mencionadas.

 

Responden consultas del PAN

Ante la consulta del Partido Acción Nacional (PAN) sobre la votación que se tomaría en cuenta para asignar las Diputaciones de representación proporcional, en caso de anularse la elección de un distrito local y celebrar una extraordinaria después de que se integre la nueva Legislatura; el Instituto comunicó que, ante una nulidad de elección de una Diputación Local, habrá de acatar lo que determinen las autoridades jurisdiccionales y los efectos de la invalidación.

 

Lo anterior, ya que esto podría derivar en que el ente judicial efectúe una eventual asignación de diputaciones de representación proporcional, u ordene al Instituto que lo lleve a cabo, bajo las condiciones y especificidades que se señalen en la propia sentencia que se deba cumplir.

 

Y al dar respuesta al PAN sobre si está legalmente permitido que los representantes de casilla realicen su labor con indumentaria o uniforme que los identifique con el partido, tanto en las casillas como en las sesiones de cómputo del IEEPCNL, posteriores a la elección, el organismo comunicó que lo relacionado con casillas y acreditaciones ante éstas corresponde al Instituto Nacional Electoral (INE) y, por tanto, ordenó dar vista de lo anterior a dicha autoridad competente.

 

Respecto a las sesiones de cómputo en las instalaciones del organismo, señaló que sí está permitido el uso de indumentaria que identifique a las representaciones de un partido político, ya que la normativa electoral no lo prohíbe ni limita.

 

Avalan sustituciones a PT y LIBERAL

El IEEPCNL aprobó al Partido del Trabajo (PT), el registro por sustitución para el municipio de Santiago, las candidaturas de Jonathan Daniel García Mireles, Mary José Belkis Carlin Campos, Alexa Kinberly González Rodríguez y Gabriel Iván Macias Leos, para los cargos de Primera Regiduría Propietaria; Segunda Regiduría Suplente; Sexta Regiduría Propietaria; y Primera Sindicatura Suplente; respectivamente.

 

Asimismo, avaló el registro por sustitución de José Alberto Quintero González, como candidato a la Diputación Propietaria del Distrito 25, por el Partido Liberal (LIBERAL).

 

Requieren a ESO por orden del TEPJF

En una segunda sesión extraordinaria de este 17 de mayo, el IEEPCNL requirió al partido Esperanza Social nl (ESO) para que, en un plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación, presente la documentación de la persona que postulará a la alcaldía de General Zaragoza; al cumplir con una orden de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

 

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