Reglamenta CEE monitoreo de campañas

El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral emitió las reglas para el monitoreo de transmisiones de las precampañas y campañas electorales en prensa, radio y televisión, que difundan mensajes durante el proceso electoral 2020-2021, así como el catálogo de medios; en sesión extraordinaria de este 19 de noviembre.

Lo anterior, cumpliendo con la Ley Electoral del Estado que indica como obligación de la CEE monitorear los espacios y tiempos que dedican los medios de comunicación masiva a la cobertura de las entidades políticas y sus candidatas y candidatos, y a las candidaturas independientes.

Respecto a las reglas avaladas para el monitoreo, el organismo informó que éste se hará con perspectiva de derechos humanos, para identificar cualquier forma de discriminación a las y los candidatos en el acceso a medios y en la difusión de sus precampañas y campañas.

Y también, se identificará la cobertura, el manejo y espacio que los medios otorgan a las candidaturas de las y los jóvenes entre los 21 y 35 años, a las candidaturas indígenas, y a las candidaturas de personas con alguna discapacidad.

Asimismo, la revisión se efectuará con perspectiva de género para identificar si en la cobertura de los medios de comunicación existen elementos que puedan constituir violencia política contra las mujeres en razón de género, y se observará el uso de lenguaje incluyente y no sexista.

La difusión de los resultados del monitoreo se realizará a través del sitio web de la Comisión y en redes sociales, con la finalidad de brindar a la ciudadanía información oportuna, clara y accesible sobre la cobertura de los medios de comunicación.

REMITEN A INE PROYECTOS DEL SIPRE

En la misma Sesión, la CEE acordó emitir al Instituto Nacional Electoral el proyecto del Proceso Técnico Operativo del Sistema de Información Preliminar de Resultados Electorales (SIPRE); y el relativo a la ubicación e instalación de los centros de Acopio y Transmisión de Datos y Centros de Captura y Verificación, del SIPRE, en el que se indica a las Comisiones Municipales Electorales que supervisen la operación de dichos centros.

Entradas relacionadas