Acuerda COTAI levantar suspensión de términos y plazos en la recepción de solicitudes de información, en materia de protección de datos personales y recursos de revisión

El Pleno de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León (COTAI) aprobó en su 18ª Sesión Ordinaria realizada este viernes 29 de mayo del año en curso, levantar a partir del 1 de junio la suspensión de los términos y plazos en la recepción de solicitudes de información, en materia de protección de datos personales y de recursos de revisión.

La sesión fue encabezada por el Comisionado Presidente, Bernardo Sierra Gómez, así como las y los Comisionados vocales, María de los Ángeles Guzmán García, María Teresa Treviño Fernández, Jorge Alberto Ylizaliturri Guerrero y Francisco Guajardo Martínez.

El Comisionado Presidente explicó que la suspensión de plazos y términos fue una de las medidas prevención implementadas por el órgano garante desde el pasado 18 de marzo ante la emergencia sanitaria originada por el COVID-19.

“A partir del 1 de junio se levanta la suspensión de los términos y plazos establecidos en la ley, en relación a la recepción de solicitudes de información y de acceso a la información, rectificación, cancelación y oposición de datos personales”, detalló Sierra Gómez.

“Así como de los procedimientos y/o actuaciones relativas a los recursos de revisión, denuncias y todos los demás trámites sustanciados por la COTAI. Derivado de lo anterior, los términos y plazos correrán a partir de esa fecha con normalidad para esta Comisión y para los sujetos obligados del Estado de Nuevo León”.

También se aprobó ampliar el periodo para que los sujetos obligados carguen en la Plataforma Nacional de Transparencia la información relativa a sus obligaciones de transparencia correspondiente al primer trimestre del 2020, para hacerlo del 1 de mayo hasta el 10 de junio del 2020.

“Esta información originalmente debió haberse cargado del 1 al 30 de abril del 2020, según los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación,

Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones de Transparencia establecidas en el Título Quinto y la Fracción IV del Artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, informó.

“Pero ante la emergencia sanitaria tuvo que ampliarse el plazo para que los sujetos obligados puedan subir la información correspondiente”.

Dentro de la sesión, el Pleno de la COTAI también aprobó “Los Lineamientos que Establecen las Medidas Extraordinarias, por Causa de Fuerza Mayor, para Reanudar, de forma Gradual,Ordenada, Escalonada y Segura, las Actividades Laborales Presenciales en la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, debido al Fenómeno de Salud Pública Generado por la Pandemia del Virus COVID-19”.

El Comisionado Presidente dijo que observando estos lineamientos el 1 de junio se reanudaran las actividades laborales presenciales en las oficinas de COTAI, pero para cumplir y respetar con la sana distancia, el aforo máximo al interior de las instalaciones será del 40%, esto en relación con la cantidad del personal total que labora en el organismo; el resto deberá continuar trabajando bajo la modalidad de trabajo en casa.

“Estos lineamientos estarán vigentes y se aplicaran hasta que se declare el fin de la emergencia sanitaria por las autoridades competentes o el Pleno de COTAI determine la conducente”, agregó.

De igual forma se avaló que la Oficina de Correspondencia Común reanude su servicio de forma presencial cumpliendo con los lineamientos del Órgano Garante y con las medidas y recomendaciones que dicten las autoridades sanitarias.

“Exhortamos a que los interesados que requieren de este servicio hagan una cita previa o continúen presentando sus dudas, consultas, escritos o promociones de manera remota, a través del correo electrónico contacto@cotai.org.mx”, recomendó el Comisionado Presidente.

Sobre la capacitación a servidores públicos, en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales y relacionados se mantendrá en la modalidad en línea, a través del aula virtual de la Comisión o por medio de plataformas digitales, hasta en tanto de declare el fin de la emergencia sanitaria por las autoridades de salud.

“En el caso de las asesorías presenciales a sujetos obligados y al público en general se podrán realizar siguiendo los protocoles previstos en los Lineamientos

de la Comisión, pero se dará prioridad a los medios telemáticos para desarrollar esta actividad o se atenderá solicitando previa cita”, explicó.

“Las sesiones del Pleno podrán realizarse de manera presencial en las instalaciones de COTAI o de manera virtual, hasta en tanto no sea declarado el fin de la emergencia sanitaria por las autoridades competentes o el Pleno de COTAI determine lo conducente”.

Sierra Gómez, señaló, que en el caso de las sesiones presenciales se realizarán con el personal estrictamente necesario de soporte y apoyo, mientras que el acceso al público se permitirá cumpliendo con los lineamientos de COTAI.

“Las audiencias dentro de los procedimientos de esta Comisión se realizarán a través de medios virtuales, solamente cuando no se puedan realizar de esta manera se harán de manera presencial”, agregó.

En el acuerdo de reanudación de actividades presencial de la COTAI, se dispuso que aquellos sujetos obligados que por alguna circunstancia o debido a las condiciones en las que se encuentran operando derivado de la actual emergencia sanitaria, no se encuentren en posibilidades de atender en todo o en parte sus obligaciones en las materias de transparencia y de protección datos personales, podrán manifestarlo ante este Organismo Garante con la finalidad de analizar la situación particular y poder resolver lo conducente, así como emitir las recomendaciones que se estimen pertinentes.

En la sesión también se aprobaron seis resoluciones correspondientes a igual número de expedientes.

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