APOYA CIENFUEGOS NUEVO CAPÍTULO DE DELITOS AMBIENTALES EN CÓDIGO PENAL

Para cumplir con el decálogo ambiental del GLPRI, el Coordinador Francisco Cienfuegos destacó la aprobación este lunes de una reforma al Código Penal que contempla un capítulo especial de “Delitos Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental” que aborda los rubros: actividades tecnológicas y peligrosas, biodiversidad, bioseguridad y delitos contra la gestión ambiental.

Lo anterior luego de que la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, que preside el Diputado priísta Álvaro Ibarra, presentó ante el Pleno el dictamen correspondiente que, a su vez, da respuesta al veto del Ejecutivo a esta reforma que originalmente se aprobó el 14 de mayo y fue vetada el 4 de junio del presente año.

En tribuna, Francisco Cienfuegos destacó la importancia de esta reforma para aplicar mano dura a quienes atenten contra el medio ambiente.

“Se impondrá pena de prisión de uno a nueve años y multa de treinta a ciento cincuenta cuotas, a quien realice, autorice, u ordene cualquiera de las siguientes conductas: tale, desmonte o destruya árboles de bosques y/o afecte recursos forestales, salvo aquellos casos que estén contemplados en los ordenamientos correspondientes y cuenten con el permiso o autorización de la autoridad competente”, expresó el líder de la bancada del PRI.

“También se sancionará a quien incendie sin autorización o permiso y cause daños a la salud pública, flora, fauna y ecosistema. A quien derrame aguas residuales o químicos, de carácter industrial y comercial, que contamine aguas y suelos de jurisdicción estatal y municipal, provocando daños al ecosistema”, detalló.

Francisco Cienfuegos manifestó que además se impondrá de tres a nueve años de prisión y multa de cien a mil cuotas, a quien incumpla con lo dispuesto en los ordenamientos en materia ambiental provocando un daño a la salud pública, al medio ambiente o a los recursos naturales, realizando las siguientes conductas: omita el empleo de los equipos anticontaminantes en empresas, industrias o fuentes fijas que generen contaminantes atmosféricos.

Explicó que las empresas obligadas a tener plantas de tratamiento de aguas residuales y no las tengan o se utilicen en forma contraria a lo establecido en los ordenamientos en la materia serán castigadas; así como las que manejen, almacenen, acopien, transfieran, transporten o reciclen los residuos sólidos que generen en forma contraria a lo establecido en la normatividad aplicable; y aquellas que falsifiquen registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado, con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad aplicable.

“Así también se tiene contemplado en la reforma sancionar al servidor público que incurra en el desempeño de su cargo cometa una acción u omisión que coadyuven en alguno de estos delitos”, indicó Cienfuegos.

Refirió que Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, entre otros Estados, ya han tipificado delitos ambientales.

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