El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral modificó el acuerdo CEE/CG/221/2018
relacionado con la elección extraordinaria de Monterrey; con base a la sentencia de la Sala
Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del Juicio de Revisión
Constitucional SM-JRC-381/2018.
En Sesión Extraordinaria, este 21 de noviembre, el órgano electoral aprobó las siguientes medidas:
a) Los partidos políticos que participaron de manera individual en el proceso electoral
ordinario y que así decidan continuar en el proceso electoral extraordinario, tendrán que
realizarlo con las mismas candidaturas.
b) Se aceptan nuevas coaliciones, pero las entidades políticas deberán seleccionar de entre
las candidatas y candidatos que se postularon en el proceso electoral ordinario por cada
uno de los partidos coaligados, bajo el procedimiento legal que establezcan en su
convenio, sin que puedan introducir nuevas candidatas o candidatos, salvo los casos de
excepción en los que se permite legalmente las sustituciones justificadas.
c) Los partidos que participaron coaligados en el proceso electoral ordinario, podrán
desligarse, pero el instituto político que lo haga, no podrá participar de manera individual
con nuevas candidaturas, sino coaligado con diverso y, para ello, deberán seleccionar de
entre las candidatas y candidatos que postularon en el proceso electoral ordinario, por
cada uno de los partidos coaligados, bajo el procedimiento legal que establezcan en su
convenio, sin que puedan introducir nuevas candidatas o candidatos, salvo los casos de
excepción en los que se permite legalmente las sustituciones justificadas.
d) Las entidades políticas coaligadas que participaron en el proceso electoral ordinario,
podrán participar de la misma forma en el proceso electoral extraordinario, con las mismas
candidaturas que postularon en el proceso electoral ordinario.