Al resolver un recurso de revisión contra el acuerdo IEEPCNL/CG/300/2024 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León, aprobado el pasado 19 de noviembre, el organismo lo ratificó al afirmar que se encuentra debidamente fundado y motivado, y con ello confirmó desierta la celebración de alguna consulta popular en 2025.
Asimismo, en sesión extraordinaria de este 7 de febrero, el órgano electoral consideró ineficaces los planteamientos que expuso la persona inconforme, debido a que éstos no combaten consideraciones del acuerdo que reclama, sino de otro aprobado por el Consejo General en octubre de 2024, el cual ya fue motivo de revisión por parte del Tribunal Electoral.
En ese sentido, el recurso de revisión mencionado, identificado como RRV-1/2025, lo interpuso Juan Carlos Pérez Góngora, contra el acuerdo del IEEPCNL del pasado 19 de noviembre, al afirmar que no se debió declarar desierta la consulta popular, cuando se encontraba en trámite un juicio alterno en el que se impugnó la negativa de otorgar una prórroga al plazo de levantamiento de firmas.
En el acuerdo impugnado, el Instituto declaró desierta la celebración de consultas este año, ya que el único aviso de intención para organizar una consulta en 2025, presentado por Pérez Góngora, sobre la Ley Ambiental, en San Pedro Garza García, se archivó como asunto concluido porque el ciudadano no alcanzó el porcentaje mínimo de firmas ciudadanas.