Para proteger los datos biométricos y genéticos de las y los nuevoleoneses, la Vicepresidenta del Congreso, Alhinna Vargas, propuso una reforma a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Nuevo León.
“Los datos biométricos se han utilizado durante años para identificar a las personas, no sólo en los entes públicos, sino también en los entes privados, como es el caso de las instituciones bancarias, el INE y hasta en los equipos de telefonía celular y de cómputo, es decir, nuestros datos biométricos están por todas partes, no así los datos genéticos que solamente se utilizan en casos muy especiales para la identificación plena de una persona fallecida o como prueba de paternidad, entre otras cosas” comentó la legisladora.
Actualmente la Ley cataloga como datos sensibles a los datos genéticos o biométricos; pero no establece una definición, sin la cual será más difícil poder protegerlos adecuadamente.
Mencionó que los datos biométricos se refieren a las medidas físicas o características únicas de una persona que pueden utilizarse para identificarla de manera precisa. Estos datos se recopilan utilizando tecnologías de escaneo o reconocimiento, y se utilizan en una variedad de aplicaciones, como la seguridad, la autenticación y el control de acceso. Son datos biométricos las huellas dactilares, el reconocimiento facial, el reconocimiento de la voz, el reconocimiento del iris y la geometría de la mano.
Por otra parte, los datos genéticos se refieren a la información contenida en el ADN de un individuo. El ADN es una molécula que contiene la información genética que determina los rasgos hereditarios de una persona, como el color de ojos, la predisposición a ciertas enfermedades, entre otros, y se obtienen a través de in análisis de laboratorio, con muestras de saliva, sangre o tejidos.
Señaló que El INAI estableció algunas características de los datos biométricos que por analogía se pueden aplicar a los datos genéticos.
En mayor o menor medida, estos datos son universales, ya que son datos con los que contamos todas las personas; únicos, ya que no existen dos biométricos con las mismas características por lo que nos distinguen de otras personas; permanentes, ya que se mantienen, en la mayoría de los casos, a lo largo del tiempo en cada persona y son cuantificables
“Con esta reforma, además de incorporar expresamente en el texto de la norma las definiciones de datos biométricos y genéticos, se permitiría regular de manera más efectiva este tipo de datos sensibles para su resguardo y protección, en beneficio de las personas titulares de dichos datos” concluyó la diputada Alhinna Vargas.