El coordinador del GLPRI y el presidente de la Comisión de Justicia presentan iniciativa de reforma al Código Penal para fijar plazos en suspensión de derechos familiares y evitar amparos.
Para eliminar una laguna legal que genera impunidad en materia familiar, el coordinador del Grupo Legislativo del PRI, Heriberto Treviño Cantú, y el presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, Javier Caballero Gaona, presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal para establecer que los derechos familiares que el agresor pudiese tener con la víctima, sean suspendidos por el mismo periodo que dure la pena de prisión que se les imponga en el juicio de índole criminal, y así evitar la revictimización de los agredidos.
Explicaron los legisladores priístas que el Código Penal del Estado ya contempla la posibilidad de que, cuando una persona cometa los delitos de violación, incumplimiento de obligaciones alimentarias, violencia familiar, lesiones contra menores de doce años, delitos contra adultos mayores, o feminicidios, además de la pena de prisión que corresponda, el sujeto activo pierde también los derechos familiares y civiles que pudiese tener con respecto a la víctima del delito.
Sin embargo, hay una laguna legal porque, actualmente, no se prevé un plazo específico para que el agresor también pierda sus derechos familiares, lo que pudiera interpretarse como una sanción “de por vida” y eso es considerado inconstitucional, lo que ha derivado en amparos que revictimizan a los familiares agredidos, y cuando éstos buscan justicia ante tribunales, se ven en la lamentable situación de no conseguirlo.
“Hoy, cuando un padre comete un delito familiar y es sancionado con prisión, en automático pierde sus derechos familiares de manera indefinida, lo que es contrario al principio constitucional de que toda pena debe ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico protegido. Por esto mismo, se han presentado casos que, al ampararse, se le restituyen al agresor los derechos que tuviese con la víctima, vulnerando los derechos de las víctimas y revictimizándolos”, expuso Treviño Cantú.
“Es urgente resolver esta problemática y brindar certeza jurídica, ya que, al existir lagunas legales en estos casos, los más afectados son las niñas, niños y adultos mayores, cuando ellos realmente no tienen la culpa de nada, lo que buscamos es salvaguardar la integridad de la familia, que es el núcleo de toda sociedad y fortalecer el estado de derecho, creando los mecanismos correspondientes para que la ley se cumpla”, reafirmó el Coordinador priísta.
Por su parte, Caballero Gaona detalló que, en aras de corregir este problema, la iniciativa contempla modificar el contenido de los artículos 269, 280, 287 Bis 1, 306 Bis 4, así como el tercer párrafo del artículo 301 Bis 8 del Código Penal del Estado.
Aseguró que el objetivo es cerrar la brecha de impunidad y que las víctimas logren hacer justicia contra quienes cometen delitos en la dimensión más sensible e importante de la sociedad, que el seno familiar.
“Al identificar esta área de oportunidad y para evitar fallas en la aplicación de las sanciones contempladas por nuestro Código Penal, estamos presentando esta iniciativa de reforma para que se adecue y armonice la sanción en cuanto a la pérdida de los derechos familiares, como lo son los derechos sucesorios, de convivencia con los hijos, de patria potestad, entre otros, para proteger a los grupos más vulnerables de las familias, como son los hijos e hijas, los adultos mayores y las cónyuges, quienes son los más expuestos a ser víctimas de delitos”, explicó.
“Es decir, se establecen los parámetros legales para que la sanción sea aplicable y que quienes vulneren los derechos de las víctimas no puedan aprovecharse de dicha laguna y seguir en la impunidad”, recalcó Caballero Gaona.
Ambos legisladores priístas apuntaron que esta reforma sería una herramienta muy útil para los juzgadores, toda vez que se precisan los casos y los términos cuando se suspende el derecho a ejercer la patria potestad, tutela, curatela y los derechos hereditarios o de alimentos que pudiera tener el agresor sobre la persona agredida.
Refirieron que la situación actual ha generado una ola de amparos en materia familiar porque hoy no existe una gradualidad, ni una aplicación justa de las sanciones, ya que no se establece un término para la suspensión de los derechos y obligaciones que tienen los padres implicados en ciertos delitos.
“Estamos planteando que en los delitos de violación y equiparable a la violación, en el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias, en el delito de violencia familiar, en el delito de lesiones a un menor de doce años de edad y en delitos cometidos en perjuicio de las personas adultas mayores, los derechos y obligaciones sólo queden suspendidos durante el mismo periodo que dure la pena de prisión que se imponga”, aclaró Treviño Cantú.
“También es necesario imponer mínimos y máximos para que las personas no se amparen”, insistió.
El Coordinador del GLPRI enfatizó que la propuesta pretende contribuir a hacer más eficaz el orden jurídico que sanciona las conductas que lesionan a la familia.