Lo anterior mediante un proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Aguas Nacionales que presentó este día en la Cámara de Diputados.
En el mismo, se propone una adición para incorporarse como I al Artículo 7 bis de dicha ley para quedar como sigue: “I. El derecho humano al acceso, disposición y saneamiento de agua como una prerrogativa esencial, inalienable e irrenunciable”.
También reformar las fracciones V, VII y XXI del artículo 14 bis 5 para que el Estado vele por el interés público para que garantice el máximo aprovechamiento del agua sin poner en riesgo el abasto de la cuenca hidrológica en la que se realicen trasvases a otras regiones; un pleno equilibrio entre las actividades productivas, el cuidado de los recursos y el bienestar social.
Además de que la cultura del agua se construya a partir de un enfoque de desarrollo sostenible, en el que se salvaguarden los principios de desarrollo social, ecológico y económico.
“Esta iniciativa busca darle máxima prioridad a garantizar el derecho humano al agua y promover lazos de solidaridad entre regiones en miras de maximizar el enfoque de sostenibilidad y de aprovechamiento del recurso para la actividad productiva”, señala el documento.