Diputados del Congreso local avalaron reformas a la Ley Ambiental del Estado para establecer límites al ruido en zonas habitacionales.
En el dictamen que contiene la reforma y que fue presentado ante el Pleno por la diputada Perla Villarreal se contempla que las emisiones sonoras en zonas habitacionales estarán limitadas a 55 decibeles para el horario comprendido de las 6:00 a las 22:00 horas, y de 50 decibeles de las 22:00 a las 6:00 horas.
“En la construcción de obras o instalaciones que generen los contaminantes señalados en los artículos 187, 187 Bis y 187 Bis 1”, se establece en el 188, “así como en la operación o funcionamiento de las mismas, deberán llevarse a cabo las acciones preventivas y correctivas necesarias para evitar y mitigar los efectos negativos de tales contaminantes en los ecosistemas y en el ambiente y en su caso la reparación de los daños en bienes o personas, previo dictamen de la autoridad correspondiente”.
“Se considera reformar la Ley Ambiental del Estado en el sentido de considerar que la contaminación acústica es un problema ambiental importante, de ahí la necesidad de regular y ajustar los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición, en zonas habitacionales”, finalizó la legisladora.